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La Pena Máxima, Según Zaffaroni PDF Imprimir Correo
Escrito por Gabriel Bermúdez, miércoles 13/10/10   

Cada vez que ocurre un homicidio violento ó un hecho aberrante que merece el repudio de la gran mayoría de la sociedad, surge inmediatamente el imperativo de un castigo de por vida para el causante de tanto dolor, muchas veces, irreparable.  Con la reciente condena a 40 años de reclusión para Mauro Schechtel aplicada por el Tribunal Criminal 1 de Bahía Blanca en el caso Rocío, el muro de Facebook de Solo Local Radio recogió numerosos pedidos de cárcel perpetua para el condenado e incluso algunos planteos imposibles de cumplir para la actual legislación argentina como, por caso, la pena de muerte. Abolida la pena capital, ¿cuál es la mayor sanción que la justicia de nuestro país prevé para ese tipo de casos? ¿Existe la condena a perpetua? Para tratar de responder a esa última pregunta del millón, y adelantamos que no logramos una respuesta absoluta, recurrimos al juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Eugenio Zaffaroni quien, en ocasión de recibir el doctorado honoris causa de la Universidad Nacional del Sur el año pasado, dedicó su alocución a la cuestión de la pena máxima. En el artículo completo, ofrecemos un análisis de esa conferencia y cinco tramos de audio que ejemplifican el complejo panorama actual.

Zaffaroni advierte sobre las consecuencias del fenómeno de descodificación que sufre la estructura jurídica argentina, a partir de las numerosas modificaciones introducidas en las últimas tres décadas al llamado Código Moreno, de 1921.  La consecuencia de esos cambios ha sido una situación “de gravedad institucional límite” advierte el juez quien no duda en definir el actual panorama como un “aquelarre”. Luego de quejarse de la inexistencia de ediciones oficiales sobre el Código Penal y sus modificaciones y de revelar que los jueces deben recurrir a “ediciones comerciales y papelitos” para basar sus decisiones, el magistrado admite, créase ó no, que ha habido varios casos de sentencias fundadas en leyes ya derogadas.

En este primer tramo, Zaffaroni traza un diagnóstico de la actual situación. (escuchar audio aquí)

Las leyes que, según el juez, provocan esta falta de certeza son la 23077 (sancionada en 1984), la 25928 (de 2004, en la que se sanciona la unificación del máximo de condena en 50 años para casos en concurso real) y la ley 25892 (también de 2004 y que eleva a 35 años el plazo tradicional de 20 de cumplimiento de la perpetua para solicitar la libertad condicional). Estas tres leyes, las últimas dos impulsadas por el llamado efecto Blumberg, inducen la confusión reinante en este momento que Zaffaroni grafica con algunos ejemplos de incoherencia en este segundo tramo (escuchar audio aquí)

Contribuyen también a esa situación la Convención Americana de DDHH (que establece la abolición progresiva de la pena de muerte en el país), la ley 26394 (deroga el Código de Justicia militar y elimina definitivamente la pena de muerte) y la ley 26200 (implementación del Estatuto de Roma). Volviendo a los efectos de las leyes sancionadas en 2004, Zaffaroni advierte que alteran el orden de valores democráticos y el carácter personalista del Derecho con algunas de sus modificaciones. En el tercer tramo de su conferencia, explica por qué y cómo se intentó modificar con la que llamó legislación Blumberg.  Ejemplifica con otras contradicciones (escuchar audio aquí)

Más adelante, el juez aborda el problema que surge con el concurso real, es decir, cuando una persona se ve involucrada en más de un delito, lo que habilita a agravar la pena. También abunda sobre la elevación a 50 años del máximo de la pena que establece la ley 25298.  En el cuarto tramo de su charla, remarca qué dice al respecto el Pacto de San José de Costa Rica (incorporado por ley a la Constitución Argentina) al respecto y cuestiona los fundamentos para aplicar penas largas en el tiempo (escuchar audio aquí).

Luego Zaffaroni aborda la ratificación del Estatuto de Roma que consagró el país con la ley 26390 (sancionada en 2002) y finalmente con la ley 26200 (sancionada en 2007) y que determina la definitiva implementación del Estatuto en la legislación argentina. Llama a esta última “la ley ordenadora base” porque tipifica los delitos de mayor contenido injusto de toda la legislación penal y en consecuencias estos delitos deberían ocupar la cabeza del Código Penal. Esa ley adecua las penas del Estatuto de Roma para los delitos más graves a las penas del orden nacional. Tipifica el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y los crímenes de agresión respecto al artículo 5 del Estatuto de Roma y los incorpora como tipos a la ley penal nacional con carácter de delitos. Son delitos con el contenido injusto máximo. En el quinto tramo de su alocución, el juez explica qué establece esa ley sobre la pena perpetua (escuchar audio aquí)

Sostiene Zaffaroni que esta ley deroga las anteriores que la contradicen y debería aplicarse hacia atrás, por el principio de retroactividad de la ley más benigna.

En definitiva, si como sugiere Zaffaroni, el basamento del sistema penal argentino debiera ser la ley 26.200, la pena máxima no podría exceder los 30 años de prisión. Salvo para casos extremos “como la aparición de un Hitler” aclaró el propio juez.

 



 

 

 

 

 

 

 

La Pena Máxima, Según Zaffaroni
Comentarios (7)Add Comment
Julián Ceñas
escrito por Julián Ceñas, octubre 14, 2010
Sinceramente Zaffaroni desde aquel impresentable fallo en el que libera un violador de menores porque había cometido el abuso con la luz apagada (ergo, la niña "podía pensar que chupaba un caramelo" (sic), deja mucho que desear en su sentido común legal. Digo sentido común, porque es bien sabido que dentro del fuero legal (ese fuero cuasi-medieval) es altísimamente admirado. Claro, pertenece a una minoría por su orientación sexual y lucha por los derechos de esas minorías, aparte de basar gran parte de sus argumentaciones en la filosofía de un par suyo, Foucault. Para este filósofo francés (quien sabiéndose infectado por el HIV siguió asistiendo a fiestas sexuales... cual asesino en serie) el sistema judicial existe para que sostener en el poder a la estructura de poder de la sociedad (la maldita burguesía). Ergo, las cárceles son objetos de dominación social. Las cárceles sirven para mantener el poder... no para encerrar a delincuentes que matan, violan, roban... Zaffaroni adhiere a esta postura (no garantista... para nada, sino abolicionista).
....................................
En una nota anterior recuerdo haber leído al periodista Marcelo Tedesco de la UNS sugerir a un profesional que actualice su bibliografía. No es hora también que empecemos todos a dejar de llevarnos por "admirados" personajes de varios gremios profesionales que nos dicen su "iluminada" verdad, la cual usualmente es muy contraintuitiva ("violó pero la nena no se dio cuenta", "hay que denunciar pero no miren mi pasado ni lo que hago ahora", "el manual dice que hay que abrir la economía y lo hicimos sin importar nada"...), muy en contra del sentido común y tengamos los "no profesionales" que quedarnos como tontos escuchando que grandes "cráneos" nos dicen "esto es lo que es políticamente correcto hacer" mientras el sentido común nos dice "ese mensaje tiene algo de podrido"... Digo, tanto que nos quejamos del sistema educativo, y estos profesionales educados todos en el sistema de educación público experimentan sus "ideas" de laboratorio con nosotros y nosotros como unos tarados los sufrimos sin chistar. Los profesionales debieran acercarse más a la sociedad y dejar de a teóricos que pensaron sus problemas para sus países respectivos y que no necesariamente se aplican en Argentina, con nuestro pasado y nuestra forma de entender al mundo.
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escrito por Angelica, octubre 15, 2010
Estimado Julián:
Creo que usted tiene la libertad de estar de acuerdo o no con lo que sostienen Zaffaroni o Foucault, pero me parece que marcarlos o definirlos por su orientación sexual nada aporta o nada tiene que ver con la discusión de sus ideas. Por otro lado, lo que se presenta en el artículo es el producto de un intenso trabajo dogmático que intenta sistematizar o dar algo de forma a un cuerpo de normas bastante desorganizado. No veo en qué forma se puede contradecir con lo que usted plantea, a menos que piense que el derecho como institución social no sirve para nada.
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escrito por Petete, octubre 15, 2010
Palabras no agradables pero no por eso no ciertas.
Julián Ceñas
escrito por Julián Ceñas, octubre 16, 2010
Estimada Angélica:
Entiendo lo que planteás. Mi planteo va a esto. El derecho, muy bien lo recalcás, como institución social debiera interactuar con la sociedad sobre la cual rige y no transformarse en una discusión de intelectuales autistas que discuten entre ellos. Cuando uno para entender el derecho debe recibirse de abogado algo malo hay en el cuerpo del derecho. El derecho existe para satisfacer necesidades sociales e individuales. El derecho existe para los ciudadanos comunes, no para que sea un cuerpo hermético que sólo unos pocos entendidos comprenden. Mi reflexión iba a muchos cuerpos profesionales que generan "dogmas" que son de una belleza teórica inconmensurable para sus entendidos pero que fuera de ellos nadie más entiende. Escucharlo a Zaffaroni (a quienes como yo lo seguimos en cuanta conferencia o nota periodística brinda) deja claro su postura en pro de suavizar todo el sistema legal en todas sus cuestiones punitivas y eso es foucalino por donde lo mires. Digo, la gente... es foucaliana? La gente, el promedio,... piensa así? Las divergencias del corpus desordenado... ¿es eso lo que critica Z en su charla en la UNS? Yo lo dudo. Para mí Zaffaroni es al derecho como Cavallo a la economía o Verbitsky al periodismo... profesionales que dentro de su gremio son admirados pero que han hecho daños al resto de la sociedad con su (inocente) prédica teórica. Y creo que esas cuestiones hay que filtrarlas antes de saber que dicen cada uno.
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escrito por Marcelo001, octubre 16, 2010
Julian, a tu lista de personajes nefastos yo agregaría a Dromi.
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escrito por pedro, marzo 10, 2011
no estoy de acuerdo con la predica del magistrado Z en su discurso de lo planteado respecto a la pena maxima que se aplican a los individuos que violan, matan, roban y caen a los Juzgados Criminales donde se le otorgan todos los derechos y beneficios que conforme a la ley le son apliacados y en realidad lo unico que logran es cobijar a estos personajes indeseables en una sociedad que todavia vivimos pregonando que ello es producto de marginalidad falta de oportundiad de la sociedad que lo discrimina que deben tener una oportundiad para poder rehabilitarse y volver a la vidad como señores y la pregunta que habria que hacerse es ¿ Que hacemos con las personas violadas como se acomoda en su vida personal? ¿Que le dice a su familia en la intimidad de aquella experiencia vivida? ¿Como queda psicologicamente? ¿ Esa persona tiene de por vida esa pesadilla? mientras estos indeseables siguen sus vidas normales como si nada ocurriera y con el correr de los dias nueamente delinquen y siguemos pagando sus gastos con el herario total los magistradas no abonan de sus bolsillos las exsorbitantes sumas de dinero que generan estos indeseables yo digo y propongo lo siguiente a estos indeseables hay que hacerlos trabajar y que se paguen sus gastos y le devuelva a la sociedad todo aquello invertido por el estado, smilies/smiley.gifsmilies/smiley.gif
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escrito por miguel angel, enero 20, 2012
Comparto absolutamente el pensamiento de Julian, NADIE PIENSA , HABLAM Y ESCRIBE sino por lo que SUS GENES LE INDICAN, HOY 20/01/2012, despues de los Dptos. de ZAFFARONI, SE CONFIRMA ABSOLUTAMENTE QUE ZAFFARONI NO PUEDE SEPARAR SUS PENSAMIENTOS DE SU CONDICION SEXUAL, ESE ES EL TEMA PUES ENRIQUE PINTI DE PARECIDA POSICION SEXUAL A ZAFFARONI SIEMPRE OPINA OBJETIVAMENTE Y CON SENTIDO COMUN PUES SU INTELIGENCIA LE PERMITE SEPARA UNA CONDICION INTIMA CON UN PENSAMIENTO QUE ES INTELIGENTE , LOGICO Y REPRESENTA EL SENTIR DE MUCHOS ARGENTINOS, ZAFFARONI NO TIENE MORAL Y TENDRIA QUE HABER RENUNCIADO A LA CORTE , PERO ES ESO,UNA CONTRADICCION DE LA CREACION .-

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