fotolimpiaLas obras de dragado, mantenimiento y ensanchamiento del acceso a los puertos de Bahía Blanca seguirán adelante, al menos por ahora. El juez contencioso administrativo Agustín López Cóppola rechazó frenar la adjudicación que el Consorcio de Gestión le dio, por vía de una contratación directa, a las empresas Boskalis y Jan de Nul a un valor de 124 millones de dólares por cinco años de vínculo. Pese a que la impugnación de la filial argentina de Dredging Internacional contra esa decisión data de diciembre del año pasado y se trataba del pedido de una medida cautelar, la justicia local se tomó más de cuatro meses para decidir. Y el fallo llega tarde: como anticipó Solo Local en ¿Arrancó el Dragado del Estuario de Bahía Blanca?, los trabajos en el canal principal, con la draga Beachway y a pie de muelle con la draga DN 28, se están realizando, al menos, desde hace dos semanas. No obstante la desestimación de la medida pedida por Dredging y la legitimación del proceder del Consorcio, al juez no dejó de llamarle la atención una actitud del ente portuario y así lo expresó en su resolución, que se puede leer completa en este enlace. «Sin perjuicio de lo expuesto, resulta extraño que se hayan comenzado las negociaciones con Boskalis International BV Sucursal Argentina -Compañía Sudamericana de Dragados S.A.- por haber ofertado el precio más bajo, sin expresar nada de la mejora de precio que, conforme surge de los considerandos de la resolución nº 7-CGPBB/2011, efectuara la empresa Van Oord Dredging and Marine Contractors B.V. Sucursal Argentina y que, según la resolución, obra agregada a fojas 7637 del expediente licitatorio» remarca el magistrado, según se puede leer aquí.

Después que la licitación internacional convocada a fines de 2010 quedara desierta, el Consorcio inició conversaciones para adjudicar las obras de manera directa y convocó a Boskalis, según argumentó ante el juez López Cóppola, por sus antecedentes técnicos y por ser una de las que cotizó más bajo en el proceso licitatorio caído. Esta decisión del ente portuario, que finalmente derivó en el anuncio de contratación directa de las obras en noviembre último, fue calificada como arbitraria e irrazonable por parte de Dredging, quien había quedado al margen de la licitiación y se consideró discriminada. El juez no le dio la razón a la demandante porque considera que el Consorcio no tiene obligación legal, en una contratación directa, de convocar a varios oferentes. Sin embargo, no dejó de manifestar su extrañeza por el hecho de que la primera (y única) convocada tras el fracaso de la licitación haya sido Boskalis y no Dredging, teniendo en cuenta que esta había propuesto ya una mejora de precio. Otro aspecto destacado de la resolución del juez contencioso administrativo, es que si bien la licitación internacional por un lado y la contratación directa por otro, son procedimientos jurídicos distintos, la independencia entre ambos, que alegó el Consorcio en su respuesta a la demanda, «es sumamente relativa. Ello, toda vez que es el fracaso de esa licitación lo que autoriza la contratación directa por lo que el contrato debe necesariamente sujetarse -en lo sustancial- a las pautas de la licitación fracasada, a fin de evitar utilizar la figura excepcional (contratación directa) con una amplitud que no permita la iniciativa» entiende López Cóppola. De todos modos, a continuación, el magistrado remarca que no advierte que el contrato firmado por el Consorcio con Boskalis, e impugnado por Dredging, se aparte «groseramente» del pliego de licitación. En consecuencia, desestima la solicitud de la medida cautelar, por lo que las obras de dragado, ya iniciadas, no se paralizarán. La resolución judicial, que fue notificada el jueves por cédula tanto a la parte demandante, como al representante legal del Consorcio, había sido adoptada por el juez el último lunes. Ese mismo día, el representante del municipio en el directorio del Consorcio, Francisco Costa, respondió preguntas en el Concejo Deliberante y defendió la contratación directa.

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